Economia

Bono de $60.000: AFIP postergó vencimientos para el pago de contribuciones patronales

Las DDJJ con vencimientos fijados entre el 11 y el 13 de septiembre de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen de acuerdo a las nuevas fechas.

La AFIP estableció nuevas fechas de vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado agosto de 2023, a raíz del pago de la suma fija a empleados.

Según la Resolución General 5416/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, las obligaciones de los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), referidas a la presentación y, en su caso, al pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social de agosto, con vencimientos fijados entre el 11 y el 13 de septiembre de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta las siguientes fechas:

AFIP: nuevas fechas de vencimiento para el pago de DDJJ

Terminación de CUIT y Fecha de vencimiento:

  • 0, 1, 2 y 3- 13/09/2023
  • 4, 5 y 6- 14/09/2023
  • 7, 8 y 9 – 15/09/2023
AFIP.

AFIP.

Bono para trabajadores: cómo se paga y a quiénes alcanza

La AFIP recordó que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 438 del 30 de agosto, se estableció una asignación no remunerativa de $60.000 para los trabajadores que cumplan tareas en relación de dependencia en el ámbito privado y público, en dos cuotas de $30.000 a abonarse con los salarios de agosto y septiembre.

Ese bono alcanza solo a los trabajadores que perciban sueldos netos de hasta $400.000,incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, monto que podrá ser absorbida en concepto de aumentos salariales.

Ahora, el organismo resaltó que «para una adecuada instrumentación compatibilización de las medidas dispuestas, se estima conveniente disponer una nueva fecha de vencimiento para la presentación y, en su caso, el pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado agosto de 2023″.

Fuente: ambito.com

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