Política

Poder Judicial: sumarios poco claros y ¿otro papelón en puerta?

Una novela con final abierto parece escribirse en el ámbito del Superior Tribunal de Justicia del Chubut.

La noticia apareció en algunos portales informativos de la región con detalles de color que no hacen al fondo de la cuestión. No es que conozca todos los secretos del Poder Judicial ni que tenga acceso a toda la información que se genera en el edificio de Roberto Jones. Pero a nadie que se considere un buen periodista le pueden faltar fuentes confiables.

La idea es aportar nuevos elementos que arrojen un poco de claridad al tema.

Se difundió la noticia que el Superior Tribunal de Justicia, a instancias de algunos ministros del alto cuerpo, avanzaron con un sumario y una suspensión de 45 días contra el Administrador General Dr. Héctor Capraro y la titular de la Oficina de Tasa Judicial, Dra. Ligia Pérez.

Acá quiero hacer una primera salvedad. El Dr. Capraro presentó su renuncia como tiempo atrás y de acuerdo a una gacetilla de prensa difundida ayer por el Superior Tribunal la misma fue aceptada, lo que debería hacer caer las imputaciones que pesan sobre él.
Hay una gran confusión porque el ministro Daniel Báez le dijo ayer a un medio colega que mientras dure el sumario, Capraro no puede dimitir. Lo dijo ayer a la mañana y por la tarde, el mismo Superior informó que la renuncia fue aceptada. Un poco de cordura…por favor.

Justamente, el que motoriza la investigación es el ministro Daniel Báez. Y fue quien pidió una auditoría a la Oficina de Tasa Judicial, preocupado por el funcionamiento de la misma. Por unanimidad, el Superior aprobó el pedido de inspección.

De esa auditoría surge un informe del Dr. Báez, a través del cual, objeta las competencias de la Administración General y de la Oficina de Tasas para intervenir en cuestiones que él considera que son estrictamente jurisdiccionales.

El tema central del cuestionamiento del Dr. Báez es una supuesta irregularidad cometida en un juicio de división de condominio celebrado en Esquel entre 2018 y 2019.

Según Báez, en informe que presenta ante la mayoría del Pleno del STJ, 7 litigantes tenían que pagar 10 millones de pesos en concepto de tasa de justicia. La Dra. Pérez interviene como directora de la Oficina de Tasa. El Dr. Capraro lo hace como Administrador General y acepta parcialmente la propuesta de pago formulado por 6 de los 7 obligados al pago. En ese sentido, según el mismo informe de Báez, condona intereses y propone el pago de las multas en cuotas.

¿Qué es lo que cuestiona el Dr. Báez? Que los funcionarios se tomaron atribuciones que no les correspondían, que se excedieron en sus funciones, que la potestad de disponer una quita de intereses es de los jueces, no de la Directora de Tasas o el Administrador General.

Como contrapartida, los funcionarios acusados por Báez aseguran que tienen esa atribución, que están facultados por normativa del Superior Tribunal de Justicia y que hay leyes que lo avalan.

Esta es la razón por la cual suspendieron a Capraro y Pérez.

No hay otra cosa. No se trata de un caso de malversación de fondos o manejos fraudulentos. Tampoco tiene que ver con las sospechas de que Capraro nombraba gente en el Poder Judicial a troche y moche, que es lo que hoy está en boca de todo el mundo, pero que no forman parte del informe de Báez.

Incluso, alguien hizo trascender desde el seno del Superior que la Dirección de Tasas de Justicia era muy favorecida con los nombramientos. Tal vez sea cierto o no. Pero debe quedar muy claro que ni a Ligia Pérez ni a Héctor Capraro se los investiga por eso. No hay ninguna denuncia, ningún expediente abierto ni por Báez ni por ningún otro ministro que tenga relación con ese asunto.
Lo que cuestiona Báez de Ligia Pérez es que ante las consultas formuladas sobre el litigio de Esquel no brindó una información detallada.

Tampoco hay cuestionamientos a la calidad de la tarea que brindaba la Oficina de Tasas de Justicia. Cuando uno habla con la gente del Poder Judicial, va a encontrar quejas en el sentido de que a la Dra. Pérez se le creó una superestructura, con un montón de empleadas a su cargo, pero nadie pone en tela de juicio que la tarea de recaudación se hacía bien y que los resultados de ese trabajo se tradujeron en obras muy importantes para el Poder Judicial.

Hay otros datos que llaman la atención.

El 21 de septiembre, los Dres. Ricardo Napolitani, Alejandro Panizzi y Daniel Báez, y las Dras Silvia Bustos y Camila Banfi, firman un acuerdo plenario aprobando el informe del Dr. Báez. Y un día después, el 22 de septiembre, por resolución de superintendencia que firman las dos ministras mujeres, el Dr. Daniel Báez es designado como instructor sumariante del caso.

Una decisión que también hace ruido. Si Báez es el denunciante, por ser el autor del informe, ¿cómo va a ser el sumariante? No hay que ser un experto en la materia para suponer que se viene una recusación. Y lo que llama la atención es que no se hayan dado cuenta ni las ministras ni el propio Dr. Báez.

Hay otra situación que habría que seguir con mucho detenimiento. La conducta por la que se cuestiona a Pérez y Capraro se inició en marzo de 2018 y culminó en noviembre de 2019. Ese fue el lapso en el que se negoció el pago de los litigantes.

¿Qué dice la Ley de procedimiento administrativo? Que yo la tengo en la mesita de luz para cualquier consulta.

“La acción para proceder contra los responsables de transgresiones u omisiones que constituyan faltas disciplinarias prescribirán a los tres años en los supuestos de faltas susceptibles de ser sancionadas con penas expulsivas”. Y señala claramente que “el término de prescripción se computará a partir de la fecha en que tuvo lugar el hecho objeto de la causa”.

Les recuerdo, el hecho objeto de la causa se inició en 2018 y habría culminado en 2019.

Por lo tanto, hacemos bien en preguntarnos. ¿No estaremos hablando de una causa prescripta? Venimos de investigaciones muy resonantes a funcionarios judiciales que se cayeron por prescripción. No sea cosa que esta historia termine de la misma manera.
La suspensión de 45 días a los funcionarios, también puede quedar envuelta en una polémica.

El reglamento interno del Poder Judicial establece que el instructor puede dictar la suspensión de un funcionario judicial si hay elementos fundados. La pregunta que se impone es:¿Existen elementos contundentes para suspender y dejar sin sueldo a los funcionarios judiciales investigados?

En el caso de Pérez, que la funcionaria no haya brindado “información detallada”, ¿es motivo suficiente como para suspenderla por 45 días y sin goce de haberes?

Dicen que cuando el Poder Judicial quiere echar a alguien es muy difícil evitarlo. Este parece ser un caso que responde a ese patrón.

De hecho, el calibre de la suspensión aplicada expresa claramente cuál es la intención de algunos ministros del Superior. Pero también es cierto que hay marcos legales que deben ser respetados. Si quien no los cumple es el Poder Judicial, estamos al horno. Y si después vienen los juicios que terminamos pagando todos los chubutenses es mucho peor. Además del bochorno que sobreviene cuando se toman decisiones apresuradas, caprichosas y tiradas de los pelos.

Alguien dirá: qué le hace una mancha más al tigre. Yo no creo que el Poder Judicial soporte una mancha más. Ni que sus miembros quieran exponerse a nuevos papelones. Pero es lo que creo yo. La realidad parece indicar exactamente lo contrario.

Fuente: diariojornada

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